CIFRUT Y TAMPICO LAS BEBIDAS
DE ALPASO ¿…..?
A medida que
la tecnología avanza, también avanza la industria alimentaria, la cual sabe
usar muy bien las propiedades de los alimentos y de cómo estas influyen en las
preferencias de los consumidores, en especial a los niños.
Esta es tal
vez la razón de porque esta industria alimentaria de bebidas hace uso de
colorantes, persevantes, estabilizantes a la hora de fabricar sus productos,
los cuales son benéficos cuando de ahorrar y generar ganancias se trata.,
poniendo como sustento el néctar o concentrados de las frutas en forma natural,
lo cual no es del todo ciertas.
ANALISIS DE LAS BEBIDAS: CIFRUT Y
TAMPICO.
Se puede decir que dentro de las características
benéficas y que respaldan a estas productos es que estas 2 bebidas pertenecientes
al mismo rubro de bebidas refrescantes al paso si cuentan con los requisitos de
información al consumidor establecidos en LA RESOLUCION MINISTERIAL LIMA 14 DE
NOVIEMBRE DEL 2012 (MINISTERIO DE SALUD MINSA), el cual establece que “…Los productos
industrializados deberán contar con registro sanitario y fecha de vencimiento
vigente, además la información consignada en el rotulado de estos productos
deberá cumplir con lo establecido en el Artículo 117° del Reglamento sobre
Vigilancia Sanitaria y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado por
Decreto Supremo N° 007-98/SA2…”
Además de ello cuentan con una gran información al
consumidor que es el de mencionar que dentro de sus ingredientes hacen uso de
la TARTRAZINA (E-102)(colorante o aditivo
que tiene posibles efectos alergénicos, cuya
función es aumentar los tonos de colores amarillo y anaranjado, con efectos muy
marcados en los niños en el caso de que puede producir migrañas, insomnio e hiperactividad,
causando ansiedad y dificultando el desempeño escolar y la socialización de los
niños, con el peligro de ocasionas potencialmente sobrepeso y obesidad en los
mismos.
Tal vez el que estas empresas que
elaboran estos productos al menos informen de que contiene TARTRAZINA es debido
a que DIGESA publico recién en noviembre una norma para exigir el
etiquetado de la TARTRAZINA como
advertencia y que daba un tiempo de 6 meses para el cumplimiento de esta norma,
DIGESA precisó que la información debe
incluirse en el rotulado al final de la lista de ingredientes en forma
específica, destacada, clara, visible e indubitable, con letra mayúscula y en
negrita el mensaje: “CONTIENE TARTRAZINA”.…. (El Comercio - Perú), el cual podemos ver que en este caso si se
cumple…
Sin
embargo a mi parecer esta información aún sigue siendo limitada, ya que si bien
es cierto algunos que conocen sobre salud y sobretodo de la tartrazina pues lo
comprenderán, pero que hay de la población que no conoce sus efectos y son
ellos los que más consumen, no entenderán el que significa, sabrán que es lo
que tiene pero no conocerán sus significados y efectos.
Por
otro lado en el caso de contenido de azúcar, tenemos que para el TAMPICO
sobrepasa los valores establecidos por la resolución ministerial ya que ella
dice que las bebidas deben estar en un valor de (Bajo en azúcar 6.25 g (1 % cucharita) por vaso de 250
ml), sin embargo el TAMPICO contiene en 100ml 10g
de azúcar.
En cambio el
CIFRUT, si cumple con los estándares ya que por cada 250mltendriamos un
contenido de azúcar de 2,2g.
Además de todo
ello, en mi opinión debemos ampliar la información en cuanto a ingredientes y
valor nutricional, especificando los efectos de los mismos, para que la
población que no conoce se informe y no tenga la información limitada de que
solo este mencionado sino que también este detallado y ya dependerá solo de su
decisión el consumir o no el producto.
Tal vez este objetivo es el que busca la
nueva ley alimentaria, elcual esperemos que se apruebe y ponga en práctica.
HEIDY
GRANDEZ SANTILLAN.
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