lunes, 26 de agosto de 2013

Interpretación de etiquetado

CIFRUT Y TAMPICO LAS BEBIDAS DE ALPASO ¿…..?


A medida que la tecnología avanza, también avanza la industria alimentaria, la cual sabe usar muy bien las propiedades de los alimentos y de cómo estas influyen en las preferencias de los consumidores, en especial a los niños.
Esta es tal vez la razón de porque esta industria alimentaria de bebidas hace uso de colorantes, persevantes, estabilizantes a la hora de fabricar sus productos, los cuales son benéficos cuando de ahorrar y generar ganancias se trata., poniendo como sustento el néctar o concentrados de las frutas en forma natural, lo cual no es del todo ciertas.

ANALISIS DE LAS BEBIDAS: CIFRUT Y TAMPICO.

Se puede decir que dentro de las características benéficas y que respaldan a estas productos es que estas 2 bebidas pertenecientes al mismo rubro de bebidas refrescantes al paso si cuentan con los requisitos de información al consumidor establecidos en LA RESOLUCION MINISTERIAL LIMA 14 DE NOVIEMBRE DEL 2012 (MINISTERIO DE SALUD MINSA), el cual establece que “…Los productos industrializados deberán contar con registro sanitario y fecha de vencimiento vigente, además la información consignada en el rotulado de estos productos deberá cumplir con lo establecido en el Artículo 117° del Reglamento sobre Vigilancia Sanitaria y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado por Decreto Supremo N° 007-98/SA2…”
Además de ello cuentan con una gran información al consumidor que es el de mencionar que dentro de sus ingredientes hacen uso de la TARTRAZINA (E-102)(colorante o aditivo que tiene posibles efectos alergénicos,  cuya función es aumentar los tonos de colores amarillo y anaranjado, con efectos muy marcados en los niños en el caso de que puede producir migrañas, insomnio e hiperactividad, causando ansiedad y dificultando el desempeño escolar y la socialización de los niños, con el peligro de ocasionas potencialmente sobrepeso y obesidad en los mismos.
Tal vez el que estas empresas que elaboran estos productos al menos informen de que contiene TARTRAZINA es debido a que DIGESA publico recién en noviembre una norma para exigir el etiquetado  de la TARTRAZINA como advertencia y que daba un tiempo de 6 meses para el cumplimiento de esta norma,  DIGESA precisó que la información debe incluirse en el rotulado al final de la lista de ingredientes en forma específica, destacada, clara, visible e indubitable, con letra mayúscula y en negrita el mensaje: “CONTIENE TARTRAZINA”.…. (El Comercio - Perú), el cual podemos ver que en este caso si se cumple…
Sin embargo a mi parecer esta información aún sigue siendo limitada, ya que si bien es cierto algunos que conocen sobre salud y sobretodo de la tartrazina pues lo comprenderán, pero que hay de la población que no conoce sus efectos y son ellos los que más consumen, no entenderán el que significa, sabrán que es lo que tiene pero no conocerán sus significados y efectos.

Por otro lado en el caso de contenido de azúcar, tenemos que para el TAMPICO sobrepasa los valores establecidos por la resolución ministerial ya que ella dice que las bebidas deben estar en un valor de (Bajo en azúcar 6.25 g (1 % cucharita) por vaso de 250 ml), sin embargo el TAMPICO contiene en 100ml 10g de azúcar.
En cambio el CIFRUT, si cumple con los estándares ya que por cada 250mltendriamos un contenido de azúcar de 2,2g.
Además de todo ello, en mi opinión debemos ampliar la información en cuanto a ingredientes y valor nutricional, especificando los efectos de los mismos, para que la población que no conoce se informe y no tenga la información limitada de que solo este mencionado sino que también este detallado y ya dependerá solo de su decisión el consumir o no el producto.
Tal vez este objetivo es el que busca la nueva ley alimentaria, elcual esperemos que se apruebe y ponga en práctica.


HEIDY GRANDEZ SANTILLAN.

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